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La importancia de la función de compliance

noviembre 5, 2022

Vivimos tiempos convulsos, hemos atravesado una pandemia, padecemos los efectos de la invasión de Ucrania -bien es cierto que indirectos, al contrario de la extrema crudeza con la que se manifiesta sobre el terreno-, nos sacuden cambios sociales y tecnológicos que, en su conjunto, han provocado una inestabilidad de los mercados y, en consecuencia, una incertidumbre que impacta directamente en un incremento en el coste de la vida; lo que ha podido propiciar una cierta desconfianza hacia ciertos ámbitos corporativos.

Retrocediendo un poco en el tiempo, en el año 2010, con la reforma del Código Penal (LO 5/2010), se introdujo por primera vez en España la responsabilidad penal de las personas jurídicas, modulando el principio “societas delinquere non potest”, que en realidad permanece intacto, matizado por el “sed puniri potest”. Pero no fue hasta la reforma de la LO 1/2015, en el artículo 31 bis, cuando se introdujo la palabra que desde entonces no ha dejado de escucharse: “Compliance”.

Cuando se habla de Compliance se suele asociar a evitar una eventual responsabilidad penal de la persona jurídica. A un gasto. A una “modernidad” que hay que implantar si se quiere evitar que una organización sea condenada o sufra algún tipo de responsabilidad, ya sea civil o penal.

No es raro encontrar personas escépticas que se echen las manos a la cabeza al escuchar que una persona jurídica pueda incurrir en una responsabilidad penal.

Pues bien, la función de Compliance va mucho más allá de evitar una posible responsabilidad penal de la persona jurídica. Uno de los principales objetivos de esta función es generar confianza en los mercados, trasladar al resto de la sociedad que las empresas actúan de manera y conforme a principios éticos; que cale en todas las personas trabajadoras una cultura de cumplimiento normativo y respeto hacia el Derecho.

Al fin y al cabo, el compliance nace como consecuencia de varios escándalos empresariales que tuvieron un alcance bastante significativo, como puede ser el caso Enron, Worldcom, o incluso uno más reciente, el dieselgate.

No debe ser visto como un gasto, sino como una inversión que puede dar sus frutos a corto, medio y largo plazo. Una idea es clara, si queremos obtener un buen resultado es imprescindible aplicar el principio “Tone from the top”.

Para que la función de Compliance tenga un gran calado en la organización debemos, primeramente, concienciar al Órgano de Gobierno, transmitirles ese espíritu y sentimiento de respeto hacia el Derecho, que se impregnen de esa cultura de cumplimiento que queremos trasladar a toda la Organización.

Será en ese momento cuando toda la cúpula de la Organización, mediante el efecto cascada y, con las correspondientes acciones formativas y de sensibilización, a cargo, normalmente, del Compliance Officer, trasladen al resto de las personas trabajadoras ese espíritu y sentimiento de cumplimiento, provocando que la Organización sea un referente en cuanto a compliance y ética empresarial se refiere.

Creando valor y trasladando a terceros, stakeholders, así como a la sociedad en general, que las empresas no están hechas para cometer irregularidades si no que, sin renunciar a sus fines, contribuyen al bienestar social.

En definitiva, con un adecuado nivel de cumplimiento, la posible responsabilidad penal de cualquier organización no debería preocupar en absoluto.

Antonio Palazón Vergara
Abogado & Compliance Officer en Koana Labs

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